El Plan Devolución Vida de MAPFRE, está orientado a otorgar protección por fallecimiento durante el plazo elegido y al sobrevivir a la vigencia contratada, se devolverá las primas pagadas de la cobertura básica de la siguiente manera
a) En plazo 5 años en cualquier moneda, la devolución de primas será al 80%. b) En plazo 10, 15 y 20 años en moneda nacional, la devolución de primas será al 100%. c) En el plazo 10, 15 y 20 años en moneda UDIS y Dólares la devolución de primas será al 80%.
• Edades de Aceptación: de 18 a 70 años. • Plazo de contratación: 5, 10, 15 y 20 años. • Moneda: Nacional, Dólares y UDIS
Se podrá contratar en todos los plazos y monedas.
Coberturas
- Accidentes Cubre la muerte accidental, pérdidas orgánicas y/o muerte accidental colectiva que pudiera sufrir el asegurado a consecuencia de un accidente, siempre y cuando se presenten dentro de los 90 días siguientes a la fecha de ocurrencia del evento.
- Invalidez Total y Permanente Cubre al asegurado en caso de que por accidente o enfermedad, se vea imposibilitado de manera total y permanente para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes.
- Enfermedades Graves Con un periodo de espera de 60 días contados a partir del inicio de vigencia, cubre al asegurado en caso de que una de las enfermedades cubiertas, sea diagnosticada por primera vez durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando el asegurado sobreviva 45 días posteriores a la fecha del diagnóstico de la misma.
- Servicios Funerarios Proporciona el Servicio Funerario en el momento que ocurra el deceso de cualquiera de los asegurados estipulados en la póliza, siempre y cuando éste ocurra durante la vigencia de la cobertura. Se puede contratar como un plan Individual o Familiar, en la que puedes incluir a tu familia, cónyuge e hijos solteros menores de 26 años.
- Alternativa de Inversión: Dotales a Corto Plazo Mecanismo que permite al asegurado contar con un ahorro en su póliza o para tener un respaldo ante imprevistos de pago de la misma, accediendo a tasas de inversión muy competitivas en el mercado, a las que difícilmente podría tener acceso en una institución bancaria.
- Suicidio dentro de los primeros 24 meses desde el inicio de la vigencia (según condición general).
- Actos dolosos o criminales del asegurado que produzcan el fallecimiento.
- Participación en actos de guerra o disturbios no amparados.
- Muerte bajo efectos de alcohol o drogas no prescritas.
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